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Este programa tiene por
objeto fomentar las inversiones para la adaptación o la
accesibilidad de la vivienda, habitual de la persona con
discapacidad y movilidad reducida con el fin de hacerlo
accessible y funcional, y facilitar su
autonomía personal,
mediante el otorgamiento de ayudas
a fondo perdido.
Beneficiarios:
Pueden ser beneficiarias
de la ayuda las personas con discapacidad que tengan reconocida esta
condición. con un grado superior igual o superior al 33%. y que
superen el baremo de movilidad reducida.
Actuaciones subvencionables:
-Acceso a la vivienda;
Construcción de rampas o. en caso de
que no sean variables soluciones técnicas
de tipos plataformas elevadoras especiales
para personas con movilidad reducida.
Modificación de puertas de acceso.
-Pavimentación o modificación de pavimentación perimetral de la
vivienda por|para otro de
antideslizante.
-Modificación de la halconera de salida
exterior. Nivelación de espacios
-. Colocación de pasamanos.
-Instalación de ascensor. cambio de
cabina, puertas y botoneras,
instalación para puertas abiertas. etc.
-Obras de modificación de la escalera
y/o espacios comunes del edificio por
motivo de la instalación de plataformas y ascensores.
-Modificación de elementos complementarios
(manecillas de las puertas,
mirillas, llaves de paso, botoneras...)
-Aparatos fijos
-Plataforma elevadora vertical tipo tijera.
-Elevador individual vertical con el correspondiente contrato de
mantenimiento del aparato.
-Plataforma para subir escaleras.
Plataforma para subir escaleras de
asiento.
-Interior de la vivienda: . Adaptación total de la vivienda
.Adaptación total o parcial del cuarto
de baño. La instal-lació de barras y
sentándose de ducha abatible se consideran
cuando están incluidos dentro de
la adaptación completa del baño» en la adaptación de la ducha
Construcción del cuarto de baño.
-Adaptación de la cocina (adaptar acuñada del mostrador de cocina,
instalación de móduls adaptados
extraíbles con zócalo mes alto,
instalación de módulos superiores con mecanismos de subida y bajada
y supresión de módulos inferiores para el
acercamiento de la silla de
ruedas
-Obras de modificación de elementos o espacios por la instalación de
elementos de mejora de la accesibilidad como
grúas de techo, plataformas ...
- Modificación de puertas y / o balconeras.
- Modificación de partes divisorias para mejorar la accesibilidad
deis espacios
. Sustitución de pavimento por otro
antideslizante.
. Colocación de pasamanos.
Pequeñas rampas interiores.
Tipología de las actuaciones
subvencionables:
-Vivienda habitual / Compra o alquiler de
fácil adaptación:
1. Reforma completa: cambios en la distribución original de la
vivienda y adaptación de los nuevas piezas y/o elementos (sala,
cocina, paraísos, cuartos de baño, dormitorios, portas...)
2. Reforma parcial: adaptación de uno o mes piezas de la vivienda
con derribos de tabiques
(ampliación y adaptación interior) o
sin derribos de tabiques (sólo
adaptación interior)
3. Otros: pequeños cambios de elementos
aillats sujeto de valoración
para|por el equipo técnic del
órgan competente de
I'ICASS
-En la adquisición de vivienda unifamiliar de nueva construcción:
1. Instalació de ascensor o
soluciones técnicas de tipo de
plataformas elevadoras para superar desniveles de unas o más plantas
en el interior de la vivienda.
2 - Modificaciones interiores de la
vivienda y adaptación de las nuevas piezas y /o elementos (cocina.
cuarto de baño. anchura de puertas y pasadizos, modificación de
balconeras por acceso al exterior) con
el objetivo de suprimir barreras
arquitectónicas y mejorar la accesibilidad. Sólo se tiene en
cuenta la diferencia de coste entre los
elementos que figuran originariamente
en la memoria del proyecto y los
elementos propuestos para adaptar la vivienda
a las necesidades de la persona con disminución.
-En la construcción de vivienda unifamiliar cuando las
características del terreno no permitan soluciones en una única
planta:
Instalación de ascensor o plataforma
elevadora vertical para superar desniveles de una o mes plantas
-Elementos común s de edificios
plurifamiliares existentes:
Cualquier intervención de adaptación, sea obra o solución
técnica, que afecte a los
aspáis comunitarios,
No son subvencionables
-Elementos que no supongan una supresión de barreras
arquitectónicas peí hecho de ser
ornamentáis.
-Elementos que no supongan una supresión de barreras
arquitectónicas peí hecho de no
ser|estar practicables o adaptados.
-Formación de rampas de acceso a la vivienda, en caso de adquisición
de habitage unifamiliar de nueva
construcción
-Las adaptaciones o los elementos (rampas, ascensores, elevadores,
plataformas), cuando|cuándo se
íracti de obra nueva o grande reforma,
para equipamientos de nueva creacic
Cuantía deis ayudas
¡El máximo solicita!
será el 80% del precio
medio del mercado
siempre que no supere:
-Para obras de supresión de barreras
arquitecto-piques en la vivienda: 4.614,60 euros.
-Para la adquisición y la instalación
de plataformas elevadoras especiales para personas con movilidad
reducida: 3.093,30 euros.
Estos dos conceptos se pueden pedir
simultáneamente.
Solicitudes y terminos de presentación.
Las solicitudes para concurrir a los programas de esta
convocatoria se tienen que formular en
el impreso normalizado, que se
facilitará en las
dependencias del Departamento de Acción Social y Ciudadanía.
Las solicitudes. debidamente llenadas,
tienen que ir acompañadas del documentos que se indican en el
impreso para acreditar el
cumplimiento
de los requisitos, y se tienen que presentar a las
dependencias mencionadas.
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el próximo
día 30 de septiembre de 2010.
IMPRESOS PARA LA ADAPTACIÓN DE
VIVIENDA (PDF)
IMPRESOS PARA LA ADAPTACIÓN DE
VIVIENDA
(DOC)
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