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Programa para la adaptación o la accesibilidad de viviendas para personas con
 discapacidad para el año 2010

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Este programa tiene por objeto fomentar las inversiones para la adaptación o la accesibilidad de la vivienda, habitual de la persona con discapacidad y movilidad reducida con el fin de hacerlo accessible y funcional, y facilitar su autonomía personal, mediante el otorgamiento de ayudas a fondo perdido.

 

Beneficiarios:
Pueden ser beneficiarias de la ayuda las personas con discapacidad que tengan reconocida esta condición. con un grado superior igual o superior al 33%. y que superen el baremo de movilidad reducida.

Actuaciones subvencionables:
-Acceso a la vivienda;

Construcción de rampas o. en caso de que no sean variables soluciones técnicas de tipos plataformas elevadoras especiales para personas con movilidad reducida.

Modificación de puertas de acceso.

-Pavimentación o modificación de pavimentación perimetral de la vivienda por|para otro de antideslizante.

-Modificación de la halconera de salida exterior. Nivelación de espacios
-. Colocación de pasamanos.

-Instalación de ascensor. cambio de cabina, puertas y botoneras, instalación para puertas abiertas. etc.

-Obras de modificación de la escalera y/o espacios comunes del edificio por motivo de la instalación de plataformas y ascensores.

-Modificación de elementos complementarios (manecillas de las puertas, mirillas, llaves de paso, botoneras...)

-Aparatos fijos

-Plataforma elevadora vertical tipo tijera.

-Elevador individual vertical con el correspondiente contrato de mantenimiento del aparato.

-Plataforma para subir escaleras. Plataforma para subir escaleras de asiento.

-Interior de la vivienda: . Adaptación total de la vivienda

.Adaptación total o parcial del cuarto de baño. La instal-lació de barras y sentándose de ducha abatible se consideran cuando están incluidos dentro de la adaptación completa del baño» en la adaptación de la ducha

Construcción del cuarto de baño.

-Adaptación de la cocina (adaptar acuñada del mostrador de cocina, instalación de móduls adaptados extraíbles con zócalo mes alto, instalación de módulos superiores con mecanismos de subida y bajada y supresión de módulos inferiores para el acercamiento de la silla de ruedas


-Obras de modificación de elementos o espacios por la instalación de elementos de mejora de la accesibilidad como grúas de techo, plataformas ...

- Modificación de puertas y / o balconeras.

- Modificación de partes divisorias para mejorar la accesibilidad deis espacios

. Sustitución de pavimento por otro antideslizante.

. Colocación de pasamanos.

Pequeñas rampas interiores.

Tipología de las actuaciones subvencionables:

-Vivienda habitual / Compra o alquiler de fácil adaptación:
1. Reforma completa: cambios en la distribución original de la vivienda y adaptación de los nuevas piezas y/o elementos (sala, cocina, paraísos, cuartos de baño, dormitorios, portas...)

2. Reforma parcial: adaptación de uno o mes piezas de la vivienda con derribos de tabiques (ampliación y adaptación interior) o sin derribos de tabiques (sólo adaptación interior)

3. Otros: pequeños cambios de elementos aillats sujeto de valoración para|por el equipo técnic del órgan competente de I'ICASS

-En la adquisición de vivienda unifamiliar de nueva construcción:

1. Instalació de ascensor o soluciones técnicas de tipo de plataformas elevadoras para superar desniveles de unas o más plantas en el interior de la vivienda.

2 - Modificaciones interiores de la vivienda y adaptación de las nuevas piezas y /o elementos (cocina. cuarto de baño. anchura de puertas y pasadizos, modificación de balconeras por acceso al exterior) con el objetivo de suprimir barreras arquitectónicas y mejorar la accesibilidad. Sólo se tiene en cuenta la diferencia de coste entre los elementos que figuran originariamente en la memoria del proyecto y los elementos propuestos para adaptar la vivienda a las necesidades de la persona con disminución.

-En la construcción de vivienda unifamiliar cuando las características del terreno no permitan soluciones en una única planta:

Instalación de ascensor o plataforma elevadora vertical para superar desniveles de una o mes plantas

-Elementos común s de edificios plurifamiliares existentes:

Cualquier intervención de adaptación, sea obra o solución técnica, que afecte a los aspáis comunitarios,

No son subvencionables

-Elementos que no supongan una supresión de barreras arquitectónicas peí hecho de ser ornamentáis.

-Elementos que no supongan una supresión de barreras arquitectónicas peí hecho de no ser|estar practicables o adaptados.

-Formación de rampas de acceso a la vivienda, en caso de adquisición de habitage unifamiliar de nueva construcción

-Las adaptaciones o los elementos (rampas, ascensores, elevadores, plataformas), cuando|cuándo se íracti de obra nueva o grande reforma, para equipamientos de nueva creacic


Cuantía deis ayudas

¡El máximo solicita! será el 80% del precio medio del mercado siempre que no supere:

-Para obras de supresión de barreras arquitecto-piques en la vivienda: 4.614,60 euros.

-Para la adquisición y la instalación de plataformas elevadoras especiales para personas con movilidad reducida: 3.093,30 euros.

Estos dos conceptos se pueden pedir simultáneamente.

Solicitudes y terminos de presentación.

Las solicitudes para concurrir a los programas de esta convocatoria se tienen que formular en el impreso normalizado, que se facilitará en las dependencias del Departamento de Acción Social y Ciudadanía.

Las solicitudes. debidamente llenadas, tienen que ir acompañadas del documentos que se indican en el impreso para acreditar el cumplimiento de los requisitos, y se tienen que presentar a las dependencias mencionadas.

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el próximo día 30 de septiembre de 2010.

 

IMPRESOS PARA  LA ADAPTACIÓN DE VIVIENDA (PDF)

IMPRESOS PARA  LA ADAPTACIÓN DE VIVIENDA (DOC)

 

 

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